Un cuadro de Velázquez deteriorado y de dudosa autoría puede cambiar el mercado del arte en España

 

'Retrato de un clérigo', atribuido a Diego Velázquez. COMUNIDAD DE MADRID

El Tribunal Supremo notificará a finales de año una sentencia que podría convertirse en un coladero para la venta de patrimonio artístico español en el extranjero. Rafael Mateu de Ros, socio del bufete Ramón y Cajal, lleva tres años pleiteando contra la Comunidad de Madrid y el Estado por el lienzo Retrato de un clérigo (alrededor de 1623), atribuido, con enormes dudas, a Velázquez (1599-1660). En 2022, la Comunidad de Madrid lo declaró BIC (Bien de Interés Cultural, la máxima protección posible), lo que lo hace inexportable, pero la familia Royo-Villanova —son varios hermanos los propietarios— quiere venderlo fuera de España, donde el precio sería mucho más alto, esgrimiendo las dudas sobre su autoría y su mal estado de conservación. “Lo que aquí vale 10, fuera vale 40”, estima el letrado.

Las dudas sobre la autoría son importantes. Ningún experto de prestigio mundial, como fue el desaparecido historiador del arte e hispanista Jonathan Brown (1939-2022), ha ratificado que el cuadro sea de Velázquez. Y el lienzo, efectivamente, está en mal estado de conservación, le falta materia pictórica y ha perdido, además, el volumen y las sombras. “Está en una situación muy delicada”, apunta el marchante de arte antiguo José Antonio de Urbina. Pero el informe de declaración de BIC sostiene que “se trata de un retrato de indudable calidad técnica y artística, que mantiene estrechas similitudes técnicas con obras pintadas por Diego Velázquez y cuya maestría resulta inestimable para conocer la evolución del retrato en las décadas primeras del siglo XVII”.

El Tribunal Supremo ha admitido a trámite (apenas pasan el filtro un 3% de los casos) el recurso de casación presentado por el despacho Ramón y Cajal. La Sala de lo Contencioso tiene que decidir si da igual valor a un informe pericial del propietario o dueños de la obra (o sea, de parte) que el emitido por los expertos culturales del ministerio correspondiente. Por ahora, en contenciosos similares, se ha mantenido una mayor carga en la prueba si procede de una institución de prestigio, en este caso el Prado, pues se le supone imparcialidad. Hay que tener en cuenta, además, que un peritaje privado suele contar con muchos más recursos y capacidad para recabar opiniones acordes con los intereses de quien lo encarga, mientras que los especialistas que realizan el informe público suelen tener menos medios y menos tiempo.

Si resulta favorable a los propietarios, la sentencia podría sentar un precedente para casos parecidos y poner en riesgo el patrimonio español. Los abogados de los dueños defienden que hay que analizar cuadro por cuadro a la hora de declararlo inexportable, lejos de criterios del tipo “escuela o estrechas similitudes técnicas”. Pero muchos expertos no están de acuerdo. Clasificar con un margen tan amplio es correr un riesgo, sobre todo cuando la tecnología y los descubrimientos cambian todos los días las atribuciones. Además, Velázquez no firmaba, Caravaggio solo una vez y Ribera de vez en cuando. “Por eso, ante la más mínima duda, la obra no puede abandonar España; esto es una regla que debería regir todo el patrimonio español”, apunta un antiguo alto cargo del Museo del Prado.

La Abogacía del Estado también se opone a su salida. “Podría ser un retrato madrileño. Nadie quiere pensar, por un momento, en equivocarse [como pasó con el San Andrés, de Caravaggio, en 1976, el mayor error del patrimonio nacional, que terminó en Cleveland]. Cuando hay dudas, lo mejor es pararlo. Hoy en día en arqueología te piden el certificado de procedencia desde los tiempos de Nerón”, ironiza el anticuario Artur Ramón. “Hay que estudiar caso a caso”, insiste.

'Fin de jornada' (1900), el óleo pintado en Jávea por Joaquín Sorolla

En un pleito parecido con la obra Fin de jornada (1906), de Sorolla, el Supremo ya abrió el camino a que los informes de la Administración no tengan, de forma directa, una valoración superior a la de los privados. El tribunal dictaminó que todos deberían tenerse en cuenta de la misma manera y devolvió el caso al Tribunal Superior de Justicia de Madrid para que emitiera una nueva sentencia con ese criterio. Pese a reconsiderar los informes, finalmente también dio la razón al Ministerio de Cultura al denegar su exportación. Un reconocido jurista español admite que al igualar el valor de los informes de parte a los de la Administración se facilita la salida de obras de España: “Vivimos en un mundo de clases y si tienes más posibilidades económicas, tienes ventajas; ahí está el problema”.

Hay todavía otra gatera. La ley da 15 días para decidir si un bien se puede exportar o no, plazo que generalmente nunca cumple. Eso sí, si hay pleito en los tribunales, la justicia permite establecer medidas cautelares para impedir su exportación mientras se resuelve el conflicto. Pero en este caso el retraso es de años y en este punto lo lógico es que el Supremo dé la razón a la familia. Si el tribunal falla a su favor, sería un caso. Si hay otro similar y dictamina lo mismo, se crearía jurisprudencia.

GARCÍA VEGA, M.A.: Un cuadro de Velázquez deteriorado y de dudosa autoría puede cambiar el mercado del arte en España, El País, 16 de septiembre de 2024.